Institut de cultura
 

Buenas tardes a todos. Hoy realizamos la tercera sesión de este ciclo Cultura XXI: ¿Nueva economía? ¿Nueva sociedad? Su título es "La propiedad intelectual en la era digital". Esta cuestión fue destacada de forma muy especial y específica en las dos sesiones anteriores.

Manuel Castells, el primer día, nos advertía de los problemas del desarrollo de las prácticas en Internet, y en general del conjunto de la sociedad de la información, con respecto a todo aquello que hace referencia a la propiedad intelectual. Antoni Muntadas, desde el punto de vista del artista, nos hablaba también de un concepto que ya existe pero que está tomando una especial relevancia en el desarrollo de la Red, que es la autoría colectiva. En la sesión en que tratamos de temas más económicos, de mercados culturales, tanto Pau Rausell como Santiago de Torres coincidieron en afirmar que el régimen de propiedad intelectual que se defina determinará en cierto modo el marco institucional a partir del cual se desarrollará el mercado. Es muy difícil saber cómo se desarrollará el mercado si no está claramente definido el marco institucional jurídico, que en cierta medida regulará el funcionamiento de estos mercados.

Esperamos mucho de la sesión de hoy, porque las dos anteriores destacaron la importancia del tema que nos ocupa. Sin más, presentaré brevemente a los tres participantes por el orden de intervención que han acordado, en función del contenido de las intervenciones, y que será el siguiente. En primer lugar, hablará Raquel Xalabarder, que es profesora de la UOC. A continuación, tomará la palabra Marià Capella, abogado y director de Programas de Propiedad Intelectual del Instituto de Educación Continua de la Universidad Pompeu Fabra, y en tercer lugar, completará la sesión José Neri, director general de la Sociedad Digital de Autores y Editores.

Cuando acaben, como en todas las otras sesiones, haremos un turno de interpelaciones y de debate entre los ponentes que están en la mesa y finalmente, habrá un turno de preguntas, por si queréis formular alguna cuestión. Sin más, doy la palabra a Raquel Xalabarder.


Resumen:


Desde un punto de vista cultural se analiza la función del derecho de la propiedad intelectual en nuestros días, en que el auge de la tecnología digital hace prever muchos cambios en todos los ámbitos. Partiendo de una breve reseña histórica sobre la creación del derecho de la propiedad intelectual, vemos con ejemplos ilustrativos cómo la nueva tecnología digital y la propiedad intelectual entran en conflicto por la pérdida de valor de las definiciones tradicionales de reproducción, distribución y comunicación, la pérdida del control de explotación por parte del autor y la inseguridad jurídica en el ámbito internacional. Con el fin de asegurar la permanencia de los derechos de autor en el mundo digital, se han creado los tratados de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI) y una directiva europea sobre los derechos de autor en la sociedad de la información, que pueden desembocar en otros problemas, causados por la difícil diferenciación entre los conceptos de uso y explotación de una obra, el posible monopolio del autor sobre el uso de la obra y los límites de la piratería. La solución al conflicto es complicada, tanto por su polarización actual como por el hecho de que no existe un vivo interés por el debate cultural pero sí por conservar los intereses económicos. Una posible opción sería el monopolio del autor, aunque representaría un empobrecimiento cultural y sería preciso garantizar el derecho de acceso a las obras.


Resumen:


La tecnología digital hace cuestionar muchos aspectos de la Ley de Propiedad Intelectual, lo que nos lleva a reflexionar sobre la vigencia del sistema tradicional de derechos de autor. Aunque según la Ley de Propiedad Intelectual el soporte de la obra no debería afectar a su protección, es evidente que los nuevos soportes generan nuevas modalidades de explotación y modifican casi todos los conceptos legales —por ejemplo, el concepto de obra, de autor, la atribución de autorías y derechos, los derechos morales, los derechos económicos, la transmisión de derechos, los sistemas de protección y los sistemas de gestión. Estas modificaciones generan dudas y cuestionan la validez de la ley actual. A pesar de unos inicios eufóricos de Internet, donde se pronosticaba la muerte del derecho de autor, se ha demostrado que el sistema está muy arraigado, tiene probada capacidad de resistencia, hay muchos intereses económicos de por medio y será muy difícil su desaparición, especialmente después de los nuevos tratados mundiales. Sin embargo, se tendrá que crear un nuevo marco normativo que afronte el cambio y que regule la conflictiva relación entre los titulares de los derechos y los usuarios, que es donde realmente radica hoy el problema de los derechos de autor.


Resumen:

Con un gran convencimiento de que la ley siempre va por detrás de los avances tecnológicos, el proyecto de la Sociedad Digital de Autores y Editores está orientada básicamente hacia el autor y tiene una visión del futuro en que sólo lo digital tendrá validez. Desde una perspectiva empresarial, la Sociedad Digital de Autores y Editores ha desarrollado unas técnicas de protección de derechos digitales, consistentes básicamente en las marcas de agua y en el reconocimiento de patrones –ésta última aún en desarrollo. Además, se ha creado una empresa, Argos Internacional, formada por diferentes sociedades de autores del mundo que, mediante un protocolo, identifica los usos de los derechos allá donde se produzcan. A su vez, el portal de Internet Portal Latino permite que el autor distribuya su obra sin la necesidad de los canales de distribución tradicionales. Iniciativas de este tipo son necesarias para despertar la conciencia de la gente de cara al autor y su obra en la sociedad tecnológica.

[Fecha de publicación: octubre de 2002]

Directiva europea sobre derechos de autor en la sociedad de la información:
http://europa.eu.int/scadplus/leg/es/lvb/l26053.htm
ElcomSoft:
http://www.elcomsoft.com
International Registry of Artists and Artwork (IRAA):
http://www.iraaregistry.org
Ley de la propiedad intelectual:
http://www.mcu.es/Propiedad_Intelectual/indice.htm
Portal Latino:
http://www.portalatino.com
Sociedad Digital de Autores y Editores (sDae-Atrium):
http://www.sdae.net
Sociedad General de Autores y Editores (SGAE):
http://www.sgae.es
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI):
http://www.wipo.int/index.html.es
Tratado de la OMPI sobre derechos de autor:
http://www.wipo.org/treaties/ip/performances/index-es.html
Tratado de la OMPI sobre derechos conexos:
http://www.wipo.org/treaties/ip/performances/index-es.html