La ley del registro de jornada rebajará el tecnoestrés del trabajador
Uno de cada tres españoles sufre ansiedad por un mal uso de la tecnologíaRegistrar las horas de teletrabajo rebajará el nivel de tecnoestrés del empleado. Aunque parezca contradictorio, trabajar desde casa favorece la desconexión digital, siempre y cuando se establezca un método eficaz de control, advierten los expertos. El controvertido Real decreto ley 8/2019, que contempla el registro de la jornada laboral, en vigor desde el 12 de mayo, establece la obligatoriedad de acogerse al registro diario también en la modalidad de teletrabajo. Por lo tanto, fichar en casa permitirá un mayor control de las horas trabajadas y, en consecuencia, ponerles límite.
El teletrabajo favorece la conciliación y permite en muchos casos una mayor autonomía del empleado, y llega incluso a disminuir algunos factores de estrés cotidianos (tráfico, tiempo en trayectos, etc.), que justamente por su cotidianeidad pueden convertirse en una fuente de malestar, reconoce Alba Pérez González, profesora de los Estudios de Psicología y Ciencias de la Educación de la UOC. «Pero al mismo tiempo», advierte, «el empleado corre más peligro de teletrabajar más horas de las estipuladas». Cuando no hay límites por parte de la empresa o el trabajador no es capaz de regularse, suben sus niveles de tecnoestrés: es la ansiedad que provoca una gestión poco saludable de las nuevas tecnologías y que padece uno de cada tres españoles, según un informe desarrollado por el Observatorio de Prevención de Riesgos Laborales. Registrar la jornada ayudará al trabajador a ser consciente de las horas invertidas y favorecerá esa desconexión digital, «que siempre es más difícil en casa que en una oficina», añade la profesora.
Trabajadores segmentadores frente a integradores
«Si se establecen unos mecanismos de control correctos, la empresa no puede abusar de la disponibilidad de su empleado, por lo que la nueva ley de registro horario beneficiará a la mayoría de los trabajadores», reconoce Eva Rimbau, profesora de los Estudios de Economía y Empresa de la UOC y experta en recursos humanos y teletrabajo. Sin embargo, también advierte de la dificultad de supervisar el horario real de aquellos empleados que se sienten cómodos mezclando y combinando su vida laboral y personal. «Cuando se cumple un horario fijo, la supervisión es más sencilla, pero cuando es el propio empleado el que prefiere ir trabajando a lo largo de todo el día, incluso en momentos supuestamente fuera del horario laboral, el control se complica», añade.
La profesora Nancy Rothbard, de la escuela de negocios de la Universidad de Pensilvania (Estados Unidos), detectó dos tipos de empleados según su tendencia a combinar o separar su vida laboral y personal: los integradores y los segmentadores. Los primeros prefieren mezclar ambos mundos: «contestar un mensaje mientras están en el parque con sus hijos, aprovechar el rato de espera en la consulta del médico…», explica Rimbau. Estos trabajadores adaptan su jornada laboral a su vida, y no al revés. Por el contrario, los segmentadores prefieren mantener una estricta línea divisoria entre el trabajo y el hogar.
A día de hoy existe un mayor porcentaje de trabajadores que se decantan por el modelo segmentador, explica Eva Rimbau, aunque la diferencia no es muy marcada. Una encuesta elaborada por investigadores de la Universidad de Ámsterdam a 469 trabajadores mostró que, en una escala del 1 al 7 para medir la preferencia por la integración, la media es de 3,15, por lo que se observa una mayor inclinación por la segmentación.
Cualquiera de las dos opciones es válida, «ninguna es mejor ni peor», destaca Rimbau, que considera que la ley de registro de jornada beneficia a los empleados segmentadores que trabajan desde casa, pero puede llegar a «perjudicar» a los que adaptan su jornada laboral a su ritmo de vida. Para los integradores, puede ser difícil estar activando y desactivando el sistema de registro de jornada a medida que desempeñan tareas laborales fuera del horario de trabajo, o incluso cuando se ocupan de tareas personales dentro del horario laboral. No obstante, el ejercicio puede resultarles valioso, porque les permitirá cuantificar las horas que realmente dedican al trabajo y valorar, en consecuencia, si estas son excesivas o si su distribución es adecuada.
¿Cómo se registrarán las horas de teletrabajo?
La ley no especifica la metodología para controlar el teletrabajo, explica Carlos Javier Galán, abogado laboralista y profesor colaborador del máster de Abogacía de la UOC, y deja en manos de las empresas y los convenios colectivos establecer unos protocolos que funcionen en cada sector y casuística del empleado. En todo caso —aclara— es la compañía la que debe facilitar todos los medios y no puede obligar «en ningún caso» al empleado a utilizar material propio fuera de la oficina. «En España no hay una normativa en este sentido», añade; «por costumbre se han establecido normas para el uso de vehículo propio en el trabajo, pero no para la utilización de material tecnológico como ordenadores o móviles», dice. Una empresa no puede forzar al trabajador a instalarse ciertas aplicaciones en su móvil, «que en muchos casos son muy invasivas», dice el profesor, y además, podría incurrir en una vulneración de la ley de protección de datos.
Así, utilizar material tecnológico exclusivamente de la empresa tiene beneficios para el trabajador, que podrá apagar el ordenador o el móvil cuando termine su jornada laboral, «por lo que favorecerá su desconexión digital», apunta. Pero también los tiene para la propia compañía, que podrá ejercer legalmente un control y una monitorización de los dispositivos, siempre que el trabajador esté informado de ello. En este sentido, aunque en España no existe normativa específica, rige la sentencia europea Barbulescu II, «que establece los requisitos del empresario para revisar e inspeccionar la actividad del ordenador o el móvil del trabajador», explica el experto en derecho laboral.
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