Número 93 (noviembre 2019)

Propiedad intelectual y 'Pasapalabra'

María del Carmen Cruz

Afortunadamente, cada vez más, en los medios de comunicación se pueden leer noticias respecto al incumplimiento de la Ley de Propiedad Intelectual. Y decimos «afortunadamente» entendiendo que el plagio se ha cometido toda la vida, pero con anterioridad o se guardaba silencio o no era tan fácil su detección como lo puede ser hoy en día con la ayuda de las aplicaciones antiplagio.

Afortunadamente, el que los medios de comunicación difundan este tipo de noticias ayuda a que la sociedad tome conciencia del hecho de que la apropiación de una idea, teoría o parte de una obra es un delito y que no solo es necesario hacer referencia al autor cuando se copia de manera literal.

 

Afortunadamente, los medios también lo difunden cuando hay personas que intentan quitar importancia a este hecho, a pesar de que sean cargos públicos, con un «Bueno, no es para tanto».

 

Afortunadamente, hay personas que dejamos de pestañear cuando leemos esta información en los medios e intentamos, a través de nuestra labor como docentes, que nuestras y nuestros jóvenes adquieran información, sensibilidad y formación para utilizar la información de manera ética.

 

Y es que ¡la propiedad intelectual aplica a todo! Si no, que nos lo digan con el último caso aparecido en los medios de comunicación: de la noche a la mañana Pasapalabra dejó de emitirse después de aproximadamente diez años en antena. El Tribunal Supremo obligó a Mediaset a suspender de inmediato la emisión del programa después de que, en un litigio de gran duración, ITV defendiera que «El Rosco», una de las pruebas del programa Pasapalabra, era de su propiedad, basado en el formato original The Alphabet Game De momento, así están las cosas.

 

Afortunadamente, cuando la función de la gestión de la información se lleva a cabo, todo se sabe y todo se difunde.

 

Cita recomendada:

CRUZ, María del Carmen. Propiedad intelectual y 'Pasapalabra'. COMeIN [en línea], noviembre 2019, no. 93. ISSN: 1696-3296. DOI: https://doi.org/10.7238/c.n93.1980

propiedad intelectual;  televisión;  ética de la comunicación;  gestión de la información; 
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